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El que conduce no bebe, el que bebe no conduce



“Tengo coche, pero mis amig@s no, aunque hacemos ´rueda´ con el mío. En cada desplazamiento elegimos a un compañer@ que no beberá. Es el responsable de conducir cuando me siento mal o sobreviene el cansancio… En viajes largos, hacemos turnos. Esto ¿es legal?”


Respuesta de tu corredor


Claro que sí siempre que tu coche esté asegurado y con la ITV aprobada. La DGT (Dirección General de Tráfico) admite al “conductor ocasional” (mejor él que otro con 3 copas). Si vas a conducir un vehículo de forma frecuente y no es tuyo, es recomendable que te des de alta como “conductor ocasional”. Además, debemos tener muy en cuenta la edad de los conductores, pues existen exclusiones para menores de 25 años, en cuyo caso tendrían que estar declarados en la póliza. Ven a nuestras oficinas y lo revisamos.



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